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== Bandera Nacional y Escudo provisional ==

Decreto del 21 de octubre 1820. 

EL EXCMO Sr. DON JOSE DE SAN MARTIN CAPITAN GENERAL y en Jefe del Ejercito Libertador del Perú, Gran Oficial de Ia Legión de Mérito de Chile &c &c.
(contracted; show full)
# El Ministro de Estado en el departamento de Gobierno queda encargado del cumplimiento de este decreto.

Imprimase, publíquese y circulase a quienes corresponda. Dado en el palacio del supremo gobierno en Lima a 28 de mayo de 1825 6o. - 4o. Hipólito Unanue - José Maria de Pando - Por orden de S. E. Tomás de Heres - Es copia - Heres.

Gaceta del Gobierno<br />
No. 5°, Tomo 7, 2 de Julio 1825




== Simbolos patrios en 1950 ==

<div class="prose">
D.L. 11323 del 31 de Marzo de 1950

;DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1°. de la Ley de 25 de febrero de 1825 el Escudo Nacional que constituye el Gran Sello del Estado, se usara siempre completo, es decir con su timbre y acompañado, en cada lado, por una bandera y un estandarte de los colores nacionales; aboliéndose el uso del escudo con las ramas de palma y laurel, con la excepción que se menciona en e(contracted; show full)

Pabellón Nacional para izar. - De forma rectangular, con los colores nacionales en cuyo centro llevara el Escudo Nacional, tal como se dispone en el articulo 2o. del presente Decreto-Ley, de uso obligatorio en los edificios, campamentos, barcos, etc. del Estado, en los días feriados, o cuando se ordene por Ley o Decreto especial.

Estandarte.- Portátil, de forma rectangular, con los colores nacionales, en cuyo centro llevará el Escudo Nacional completo.

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